Gestionamos tu herencia de principio a fin, sin sorpresas ni plazos perdidos
Un único despacho para todo el proceso: declaración de herederos, Impuesto de Sucesiones, notaría, registro y catastro. Tú firmas; nosotros nos ocupamos del resto.
Tienes 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana sin perder hasta el 99% de bonificación.
- Primera consulta gratuita
- Gestión judicial y extrajudicial
- Toda la Comunidad Valenciana
- Presupuesto cerrado, sin sorpresas
Lo que incluye la gestión integral
- Declaración de herederos y cuaderno particional
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones
- Plusvalía municipal del inmueble heredado
- Inscripción en el Registro de la Propiedad y Catastro
- Coordinación con la notaría y con el banco
El reloj fiscal empieza a contar el día del fallecimiento
En la Comunidad Valenciana, la bonificación en el Impuesto de Sucesiones (que puede llegar al 99% entre padres, hijos y cónyuges) solo se aplica si presentas la autoliquidación dentro de plazo. Pasado ese plazo, Hacienda aplica recargos e intereses de demora, y en muchos casos se pierde la bonificación.
No hace falta que lo resuelvas hoy mismo, pero sí que sepas exactamente cuánto tiempo te queda antes de tomar cualquier decisión.
Comprueba cuánto tiempo te quedaFallecimiento
Empieza a contar el plazo legal. Es el momento de reunir la documentación básica: certificado de defunción, últimas voluntades y testamento (si existe).
Fin del plazo con bonificación
Fecha límite para presentar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones y aplicar la bonificación vigente en la Comunidad Valenciana.
Prórroga (si se solicita a tiempo)
Es posible pedir una prórroga de otros 6 meses, pero debe solicitarse antes de que terminen los 6 primeros meses, no después.
Recargos e intereses
Presentar tarde implica recargos que crecen con el tiempo, intereses de demora y, en muchos casos, la pérdida de la bonificación.
Servicios reales para cada tipo de herencia
Desde el primer trámite hasta la inscripción final, cubrimos cada parte del proceso para que no tengas que hablar con cinco profesionales distintos.
Gestión integral de la herencia
Nos encargamos de todo el proceso, judicial y extrajudicial: herederos, cuaderno particional, notaría, Hacienda y registro, coordinado desde un único despacho.
Ver servicioImpuesto de Sucesiones y Donaciones
Cálculo y presentación de la autoliquidación aplicando las bonificaciones vigentes en la Comunidad Valenciana, dentro del plazo legal.
Ver servicioDeclaración de herederos
Con testamento o sin él (declaración de herederos abintestato). Te decimos qué opción aplica a tu caso y la tramitamos por ti.
Ver servicioTestamentos y testamento vital
Redacción de testamento y documento de voluntades anticipadas, para dejar todo previsto y evitar problemas futuros a tu familia.
Ver servicioHerencias con deudas y herencia yacente
Analizamos si conviene aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar, y gestionamos la herencia mientras no hay heredero definido.
Ver servicioConflictos entre herederos y proindivisos
Negociación y, si es necesario, vía judicial, cuando hay desacuerdo entre hermanos sobre el reparto o la venta de un bien heredado.
Ver servicioDonaciones en vida
Planificación de donaciones de padres a hijos o entre hermanos, con la fiscalidad aplicable en la Comunidad Valenciana.
Ver servicioPlusvalía municipal
Cálculo y gestión de la plusvalía derivada de la transmisión de inmuebles heredados, incluida su posible exención.
Ver servicioCada herencia empieza en un momento distinto
Acabas de heredar y no sabes por dónde empezar
Es normal sentirse desbordado justo después de una pérdida. Nos ocupamos de todo el proceso mientras tú te centras en lo importante.
Cuéntanos tu casoHay desacuerdo entre hermanos por el reparto
Buscamos primero el acuerdo entre las partes; si no es posible, defendemos tu posición por la vía judicial sin que la situación se alargue más de lo necesario.
Cuéntanos tu casoVives fuera de la Comunidad Valenciana o de España
Gestionamos todo el expediente de forma telemática, con apoderamiento notarial cuando es necesario, sin que tengas que viajar.
Cuéntanos tu casoQuieres dejarlo todo previsto para tu familia
Testamento, testamento vital y donaciones en vida planificadas para que tus herederos no tengan que enfrentarse a plazos ni impuestos por sorpresa.
Cuéntanos tu casoPor qué elegirnos
Presupuesto cerrado desde el primer día
Sabes desde el principio lo que vas a pagar. Nada de sorpresas en la factura final.
Te explicamos cada paso, sin tecnicismos
Hablamos claro para que entiendas en qué punto está tu expediente en todo momento.
Especialistas solo en herencias y sucesiones
No es un área más de un despacho generalista: es lo único a lo que nos dedicamos.
Respuesta en menos de 24 horas
Sabemos lo frustrante que es esperar semanas a que alguien conteste. Aquí no pasa.
Gestión 100% online si lo necesitas
Si no puedes desplazarte, todo el proceso se puede seguir por videollamada y firma a distancia.
Coordinamos notaría, registro y Hacienda
Tú no tienes que moverte entre organismos: nosotros hacemos de puente con todos ellos.
Cómo trabajamos
Consulta y valoración
Nos cuentas tu situación y te decimos, sin coste, qué hay que hacer y en qué plazos.
Presupuesto cerrado
Recibes un presupuesto claro y un plan de trabajo antes de que empecemos nada.
Tramitación completa
Gestionamos lo fiscal, lo notarial y lo registral, manteniéndote informado en cada hito.
Entrega y cierre
Recibes toda la documentación inscrita y resuelta, con el expediente completamente cerrado.
Preguntas frecuentes
01¿Es obligatorio contratar un abogado para gestionar una herencia?+
No siempre es obligatorio por ley, pero en la práctica la mayoría de herencias requieren coordinar trámites fiscales, notariales y registrales que se complican fácilmente sin experiencia. Contar con un especialista evita errores que luego cuestan tiempo y dinero, y en herencias con conflicto o con inmuebles suele ser prácticamente imprescindible.
02¿Cuánto tiempo tengo para liquidar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana?+
El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación y aplicar la bonificación vigente. Puede solicitarse una prórroga de otros 6 meses, pero hay que pedirla antes de que termine el plazo inicial, no después.
03¿Qué pasa si no acepto la herencia?+
Puedes renunciar a la herencia, algo habitual cuando existen deudas que superan el valor de los bienes. También existe la opción de aceptar a beneficio de inventario, que limita tu responsabilidad a lo que realmente recibes. Analizamos tu caso concreto antes de recomendarte una vía u otra.
04¿Quién paga la plusvalía municipal en una herencia?+
La plusvalía municipal la paga quien hereda el inmueble, no la herencia como conjunto. En determinados casos existen bonificaciones o incluso exenciones municipales que conviene revisar antes de pagar de más.
05¿Qué es la herencia yacente?+
Es el periodo en el que una herencia todavía no tiene heredero definido, por ejemplo mientras se determina quién hereda o mientras alguien decide si acepta o renuncia. Durante ese tiempo, el patrimonio del fallecido necesita ser administrado y representado igualmente.
06¿Puedo gestionar la herencia si vivo fuera de la Comunidad Valenciana o de España?+
Sí. La mayor parte del proceso puede tramitarse de forma telemática, y para los trámites que requieren firma se puede otorgar un poder notarial para no tener que desplazarte.
07¿Qué ocurre si hay desacuerdo entre los herederos?+
Lo primero es intentar un acuerdo entre las partes, que suele ser la vía más rápida y menos costosa. Si no es posible, existe la vía judicial para resolver el reparto, incluida la división de bienes en proindiviso (por ejemplo, una vivienda heredada entre varios hermanos).
08¿Cuánto cuesta la gestión de una herencia?+
Depende del número de bienes, de si hay inmuebles, y de si existe o no acuerdo entre los herederos. Por eso, tras la primera consulta gratuita, recibes un presupuesto cerrado antes de decidir nada.
09¿Qué documentos necesito para empezar?+
Como punto de partida suelen bastar el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y, si existe, una copia del testamento. Del resto de documentación nos encargamos nosotros durante la tramitación.
10¿Qué pasa si la herencia tiene deudas?+
Antes de aceptar, conviene comprobar si las deudas superan el valor de los bienes. Existen mecanismos, como la aceptación a beneficio de inventario, que evitan que tengas que responder con tu propio patrimonio por deudas del fallecido.
No dejes que el plazo fiscal juegue en tu contra
Cuéntanos tu caso hoy y en menos de 24 horas tendrás una valoración clara de qué hacer y en qué plazos.
